Socorristas de piscinas de Navarra deberán tener el Certificado de profesionalidad de socorrismo

En el Boletín Oficial de Navarra de hoy, 15 de noviembre de 2018, se ha publicado el nuevo Decreto Foral (número 86/2018, de 24 de octubre) por el que se establecen las condiciones higiénico-sanitarias y de seguridad de las piscinas de la Comunidad Foral de Navarra.

En lo que a la formación de los/as socorristas respecta, hay un cambio sustancial, en comparación con lo que establecía el Decreto Foral 123/2003, de 19 de mayo, hasta hoy en vigor.

Cualificación de socorrista

El artículo 29 del nuevo Decreto Foral, hace referencia a los/as socorristas.

En su apartado 7 establece que «para ejercer como socorrista se deberá contar con la acreditación de la cualificación profesional que se determine por la normativa estatal básica correspondiente«.

Cabe destacar que existen dos cualificaciones profesionales.

Socorrismo en instalaciones acuáticas (la propia de los/as socorristas de piscinas).

Y Socorrismo en espacios acuáticos naturales.

El salto en horas de formación es importantísimo. Pasamos de 60 horas de formación (que establecía el Decreto Foral 123/2003, de 19 de mayo -de las cuales únicamente 24 eran propiamente de piscina-), a 290 horas de formación + 80 de prácticas , en el caso del Certificado de profesionalidad de socorrismo en instalaciones acuáticas.

El año pasado, se llevó a cabo en Navarra un procedimiento para la evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, en el que participaron 206 socorristas que contaban con experiencia profesional previa.

Plazos para la obtención de las cualificación profesionales

La Disposición transitoria tercera establece un periodo transitorio de tres años, contados a partir de la fecha de hoy (límite hasta el 15/11/2021), para que el personal socorrista cumpla los requisitos establecidos en el artículo 29.7 del que hemos hablado en el apartado anterior.

Durante este periodo se considerarán válidos los certificados de formación de socorrismo en piscinas o similares desarrollados al amparo de lo establecido en el Decreto Foral 123/2003, de 19 de mayo , y obtenidos con anterioridad al 15 de noviembre de 2018, fecha de entrada en vigor del nuevo Decreto foral. Siendo obligatorio además, haber recibido la formación establecida en el Decreto Foral 176/2011, de 31 de agosto, en relación con el uso de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario.

El Decreto Foral, deja la puerta abierta a una futura ampliación (prórroga) del periodo transitorio inicial de 3 años, si se comprueba que no existe disponibilidad en el mercado laboral de personas suficientes con la cualificación establecida para ejercer como socorrista.

2 respuestas a «Socorristas de piscinas de Navarra deberán tener el Certificado de profesionalidad de socorrismo»

    1. Hola Pedro.

      Con la normativa en la mano, es obligatorio que tengas el certificado de profesionalidad de socorrismo en instalaciones acuáticas. Con eso, tienes trabajo seguro en Navarra y nadie te va a poner pegas. OJO CON LA FORMACIÓN DEL DESA QUE ES OBLIGATORIA TAMBIÉN.

      Dada la escasez de socorristas con esta titulación, se permite trabajar también a aquellas personas que tuviesen el título de socorrista conforme al derogado Decreto Foral 123/2003, con anterioridad al 15/11/2018.
      Y también, abrieron otra puerta más, a quien con posterioridad a esa fecha, realice una formación similar a la que marcaba el DF 123/2003.

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